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Ley 26.355
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Art. 4
Ley 26.355
Artículo 4
Autoridad de aplicación
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Texto oficial
Será
autoridad de aplicación
el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo autárquico creado por
Ley de Patentes
, modificada por
Ley 24.572
.
Qué significa en la práctica
Designa
autoridad de aplicación
al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), organismo autárquico creado por la
Ley de Patentes
(modificada por la
Ley 24.572
).
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Art. 5 — Documentación de la solicitud
Normas relacionadas
Complementa a
Ley de Marcas
→
Relacionada con
Ley de Patentes
→
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