Texto oficial
La Agencia Nacional de Seguridad Vial será presidida por el Ministro del Interior, quien se encuentra facultado para:
a) Presidir las sesiones de los Comités de Políticas, Ejecutivo y Consultivo, con voz y voto;
b) Solicitar sesiones extraordinarias de los Comités de Políticas, Ejecutivo y Consultivo;
c) Designar y convocar al Comité Consultivo.
(Texto Original restituido por art. 1° del Decreto N° 627/2025 B.O. 03/09/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial)