Volver al listado

Ley 26.371

VigenteNacional

Creación de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal

Sanción:21 de mayo de 2008BO:30 de mayo de 2008Ver fuente oficial
15artículos
casación penalorganización judicialCódigo Procesal PenalCámara Federal de Casación Penal
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley reorganizó la casación penal en la Capital Federal creando dos tribunales: la Cámara Federal de Casación Penal (nuevo nombre de la anterior Cámara Nacional de Casación Penal), competente en materia federal, y la nueva Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, competente en los delitos ordinarios (no federales) de la Capital. Para ello sustituyó el artículo 23 e incorporó el Art. 30 bis — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación, modificó la Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Nación de organización de la justicia penal y el decreto Ley 1285/58, y creó diez cargos de juez de casación. La implementación quedó supeditada al crédito presupuestario (artículo 14), por lo que la nueva Cámara demoró años en ponerse en funcionamiento.

Objetivo

Desdoblar la casación penal de la Capital Federal en un tribunal federal y otro para la justicia criminal y correccional ordinaria, ampliando la instancia de revisión.

Problema que resuelve

La única Cámara Nacional de Casación Penal concentraba la casación de todas las causas, federales y ordinarias, generando sobrecarga y limitando el derecho a la revisión amplia de las condenas.

A quiénes alcanza

imputados y condenados en causas penalesjueces y funcionarios judicialesMinisterio PúblicoConsejo de la Magistratura
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Consejo de la Magistratura debe remitir al Poder Ejecutivo la terna de candidatos dentro de los 120 días corridos desde la publicación de la ley y adoptar las medidas para instalar los cargos creados.
  • Para ser juez de estas cámaras se requiere ser ciudadano argentino, abogado con seis años de ejercicio y treinta años de edad.
  • Las disposiciones se implementan una vez que exista el crédito presupuestario necesario.

Derechos que reconoce

  • Los imputados y condenados en causas penales de la Capital Federal tienen la posibilidad de recurrir en casación ante la cámara competente según la materia (federal u ordinaria).

Casos de uso

  • Una condena de un tribunal oral en lo criminal de la Capital Federal puede ser recurrida en casación ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
  • Un recurso de casación en una causa federal se interpone ante la Cámara Federal de Casación Penal (antes Cámara Nacional de Casación Penal).

Preguntas frecuentes

Creó la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, que juzga los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión contra sentencias de los tribunales orales en lo criminal, de menores y otros órganos ordinarios de la Capital.