Incorpóranse como últimos párrafos del Art. 77 — Código Penal de la Nación Argentina, los siguientes:
El término "documento" comprende toda representación de actos o hechos, con independencia del soporte utilizado para su fijación, almacenamiento, archivo o transmisión.
Los términos "firma" y "suscripción" comprenden la firma digital, la creación de una firma digital o firmar digitalmente.
Los términos "instrumento privado" y "certificado" comprenden el documento digital firmado digitalmente.
Qué significa en la práctica
Amplía las definiciones del Código Penal de la Nación Argentina: 'documento' incluye cualquier soporte (también digital), y 'firma', 'suscripción', 'instrumento privado' y 'certificado' incluyen la firma y el documento digitales.