Ley 26.393

Artículo 18Listados de bienes y de destino

Texto oficial

La establecerá los bienes sujetos a reintegro, elaborando a tal efecto un listado con sus correspondientes posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Asimismo, elaborará un listado en el que se precisen los motores y cajas de transmisión a cuya producción estarán destinados dichos bienes, conforme los lineamientos del artículo 16 de la presente medida.

Qué significa en la práctica

Encomienda a la establecer, mediante listados con sus posiciones arancelarias (NCM), los bienes sujetos a reintegro y los motores y cajas de transmisión a cuya producción deben destinarse.

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