Artículo 6Creación del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas (Anexo V)
Texto oficial
Apruébase la organización del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas que, como anexo V, integra la presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba, como Anexo V, la organización del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas, encargado del asesoramiento jurídico y de la aplicación del régimen disciplinario dentro de las fuerzas. El texto del anexo no integra el articulado dispositivo de esta ficha.