Ley 26.396

Artículo 1Interés nacional

Texto oficial

— Declárase de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, que comprenderá la investigación de sus agentes causales, el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades vinculadas, asistencia integral y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, y las medidas tendientes a evitar su propagación.

Qué significa en la práctica

Declara de interés nacional la prevención y el control de los trastornos alimentarios: investigación, diagnóstico, tratamiento, asistencia integral y rehabilitación.

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