Artículo 1Aprobación de los instrumentos de la UPAEP (Río de Janeiro 2005)
Texto oficial
Apruébase la CONSTITUCION DE LA UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL, que consta de VEINTINUEVE (29) artículos; el SEPTIMO PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONSTITUCION DE LA UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL, que consta de VEINTICINCO (25) artículos; el REGLAMENTO GENERAL DE LA UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL, que consta de TREINTA Y SEIS (36) artículos; las RESOLUCIONES, que constan de CINCUENTA Y CUATRO (54) Resoluciones; y el REGLAMENTO DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL, que consta de DIECIOCHO (18) ARTICULOS; adoptados en Río de Janeiro —REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL— el 16 de agosto de 2005, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el conjunto de instrumentos de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal adoptados en Río de Janeiro el 16 de agosto de 2005: la Constitución (29 arts.), el Séptimo Protocolo Adicional (25 arts.), el Reglamento General (36 arts.), 54 Resoluciones y el Reglamento de la Secretaría General (18 arts.). Todos integran la ley como anexo. Con la aprobación, la Argentina se obliga a las reglas comunes de cooperación postal regional.