Ley 26.413

Artículo 18Datos de los intervinientes

Texto oficial

En las inscripciones se debe consignar nombre, apellido, domicilio y número de documento nacional de identidad de todo interviniente. Si alguno de ellos careciere de este último se dejará constancia agregando su edad y nacionalidad, debiendo suscribir la inscripción DOS (2) testigos que lo posean y declaren sobre la identidad de aquél. Asimismo, se consignará la impresión del dígito pulgar derecho del indocumentado.

Qué significa en la práctica

En toda inscripción se consignan nombre, apellido, domicilio y DNI de los intervinientes; quien no lo tenga acredita identidad con dos testigos y su impresión digital.

Normas relacionadas

← Ver en Ley del Registro Civil completaLeyes