Ley 26.425

Artículo 2Garantía de prestaciones

Texto oficial

El Estado nacional garantiza a los afiliados y beneficiarios del régimen de capitalización la percepción de iguales o mejores prestaciones y beneficios que los que gozan a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley. CAPITULO II Afiliados y beneficiarios

Qué significa en la práctica

El Estado garantiza a los afiliados del régimen de capitalización iguales o mejores prestaciones que las que gozaban.

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