Ley 26.431

Artículo 3Destino alternativo si el club pierde la personería

Texto oficial

En caso de que la Asociación Civil Atlético Racing Club pierda su personería, la beneficiaria deberá darle al inmueble otro destino de utilidad pública.

Qué significa en la práctica

Si la Asociación Civil Atlético Racing Club pierde su personería jurídica, la Municipalidad debe darle al inmueble otro destino de utilidad pública.

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