Artículo 1Aprobación del Acuerdo de asistencia judicial penal con Portugal
Texto oficial
Apruébase el ACUERDO DE ASISTENCIA MUTUA JUDICIAL EN MATERIA PENAL ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA PORTUGUESA, suscripto en Lisboa —REPUBLICA PORTUGUESA— el 7 de abril de 2003, que consta de VEINTIDOS (22) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el Acuerdo de Asistencia Mutua Judicial en Materia Penal entre la Argentina y la República Portuguesa, firmado en Lisboa el 7 de abril de 2003 (22 artículos). El acuerdo obliga a ambos Estados a prestarse cooperación en investigaciones y procesos penales: notificar documentos, recibir testimonios y declaraciones, remitir pruebas y objetos, localizar personas, realizar registros y allanamientos e informar sobre antecedentes, canalizando los pedidos a través de sus autoridades centrales. Con la aprobación del Congreso el tratado queda incorporado al derecho argentino.