Artículo 14Motopartes industrializadas por terceros
Texto oficial
En el caso de motopartes que, con insumos de propiedad de las empresas productoras de los vehículos comprendidos en el artículo 2º de la presente ley y/o motores para dichos vehículos, sean sometidas a un proceso de industrialización a cargo de terceros, el beneficio otorgado se computará sobre el valor del proceso de industrialización, libre de impuestos y excluido el valor de los insumos propiedad de las empresas beneficiarias.
Qué significa en la práctica
Cuando motopartes fabricadas con insumos propios de la empresa se someten a un proceso de industrializacion a cargo de terceros, el bono se calcula sobre el valor del proceso de industrializacion (libre de impuestos y excluido el valor de los insumos propios).