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Ley 26.486

VigenteNacional

Aprobacion de la enmienda al articulo 20 de la Convencion sobre la Eliminacion de la Discriminacion contra la Mujer (CEDAW)

Sanción:11 de marzo de 2009BO:13 de abril de 2009Ver fuente oficial
2artículos
CEDAWdiscriminacion contra la mujertratados de derechos humanosComite de la CEDAWigualdad de generoNaciones Unidas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley aprueba una enmienda tecnica pero significativa a la Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer (CEDAW), que Argentina habia incorporado por la Convención de la Mujer (CEDAW) y que tiene jerarquia constitucional (art. 75 inc. 22). La enmienda al parrafo 1 del articulo 20, adoptada por los Estados Partes el 22 de mayo de 1995, elimina la restriccion original que limitaba al Comite de la CEDAW a reunirse por un periodo no mayor a dos semanas al ano. En su lugar, establece que el Comite se reune normalmente todos los anos y que la duracion de sus reuniones la determinan los Estados Partes, con aprobacion de la Asamblea General de la ONU. El objetivo es dar al Comite el tiempo necesario para examinar el creciente numero de informes de los paises sobre el cumplimiento de la Convencion.

Objetivo

Aprobar la enmienda al articulo 20.1 de la CEDAW para ampliar el tiempo de reunion del Comite y permitirle cumplir eficazmente su tarea de monitoreo.

Problema que resuelve

El texto original del articulo 20 de la CEDAW limitaba al Comite a sesionar como maximo dos semanas al ano, un plazo insuficiente para examinar la cantidad creciente de informes de los Estados Partes sobre la eliminacion de la discriminacion contra la mujer.

A quiénes alcanza

mujeresel Estado argentinoel Comite de la CEDAWorganismos de derechos humanos
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La enmienda requiere, para entrar en vigor, ser aceptada por una mayoria de dos tercios de los Estados Partes que lo notifiquen al Secretario General de la ONU; al aprobarla, el Estado argentino queda obligado internacionalmente por ella (art. 1).

Derechos que reconoce

  • Refuerza el derecho de las mujeres a un monitoreo internacional efectivo del cumplimiento de la CEDAW, al permitir que el Comite sesione el tiempo necesario para examinar los informes de los paises (art. 1).

Casos de uso

  • El Comite de la CEDAW puede programar reuniones mas extensas para examinar los informes periodicos de Argentina y otros Estados sobre la eliminacion de la discriminacion contra la mujer.

Preguntas frecuentes

La enmienda al parrafo 1 del articulo 20 de la CEDAW, adoptada por los Estados Partes el 22 de mayo de 1995 (art. 1).