Resumen ejecutivo
Por la sequía de 2008-2009, el Congreso declaró zona de desastre agropecuario a 22 distritos del sur y oeste bonaerense y zona de emergencia agropecuaria a otros 15, por 180 días prorrogables. A diferencia de las declaraciones de otras provincias (vetadas casi por completo), esta ley conservó buena parte de sus beneficios: planes de pago de la AFIP (prórrogas, financiación en cuotas al 0,75% mensual, quitas y condonaciones para pérdidas superiores al 80%), refinanciación por el Banco Nación, reestructuración de partidas, ampliación de planes sociales y excepción a las sanciones por cheques rechazados (Ley de Multas por Cheques Rechazados). El Decreto 1128/2009 observó (vetó) el artículo 4 —la exención de derechos de exportación, por considerarla un beneficio inexistente agregado por error y con riesgo de maniobras elusivas— y frases puntuales de los artículos 3 y 9. El plazo ya está vencido.Objetivo
Declarar zonas de desastre y de emergencia agropecuaria por sequía en Buenos Aires y establecer beneficios impositivos, crediticios y sociales para los productores afectados.Problema que resuelve
La sequía golpeó a decenas de distritos bonaerenses y los productores necesitaban prórrogas impositivas, refinanciación y asistencia para no caer en incumplimientos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes