Resumen ejecutivo
A diferencia de las leyes por sequía, esta respondió a la crecida de los ríos Agrio y Neuquén: declaró zona de desastre, por 365 días prorrogables por igual término, a los departamentos de esas cuencas al norte de la represa El Portezuelo. El texto sancionado sumaba la calificación «económica y social» y preveía una partida especial del Tesoro nacional (aportes del Tesoro, Art. 5 — Coparticipacion Federal de Impuestos), refinanciación del Banco Nación y regímenes de pago de AFIP/ANSeS. El Decreto 1142/2009 observó (vetó) la expresión «y emergencia económica y social» y los artículos 2 a 4, dejando vigente solo la declaración de desastre, para aplicar el régimen de la Ley de Emergencia Agropecuaria. El plazo ya está vencido.Objetivo
Declarar zona de desastre a los departamentos de las cuencas de los ríos Agrio y Neuquén afectados por la crecida, para habilitar la asistencia.Problema que resuelve
La crecida de los ríos Agrio y Neuquén afectó las economías rurales de esas cuencas y hacía falta declarar el desastre para activar la asistencia.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes