Ley 26.522

Artículo 66Accesibilidad

Texto oficial

Accesibilidad . Las emisiones de televisión abierta, la señal local de producción propia en los sistemas por suscripción y los programas informativos, educativos, culturales y de interés general de producción nacional, deben incorporar medios de comunicación visual adicional en el que se utilice subtitulado oculto (closed caption), lenguaje de señas y audio descripción, para la recepción por personas con discapacidades sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los contenidos. La reglamentación determinará las condiciones progresivas de su implementación.

Qué significa en la práctica

Las emisiones de televisión abierta deben incorporar medios de accesibilidad (subtitulado, lengua de señas, audiodescripción).

Normas relacionadas

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