Ley 26.528

Artículo 4Secretarías del juzgado

Texto oficial

El juzgado que se crea por el artículo 1º contará con cinco (5) secretarías: una (1) con correccional y en leyes especiales; una (1) con civil y comercial; una (1) con criminal; una (1) con , contencioso administrativa; y una (1) con en ejecuciones fiscales.

Qué significa en la práctica

El juzgado funcionará con cinco secretarías: correccional y leyes especiales; civil y comercial; criminal; contencioso administrativa; y ejecuciones fiscales.

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