Para los ejercicios 2009 y 2010, excluye de los límites de los Art. 10 — Ley de Responsabilidad Fiscal (Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal) los gastos destinados a promover la actividad económica, sostener el empleo, atender la emergencia sanitaria y la asistencia social. En plena crisis internacional, permite a la Nación y a las provincias gastar en esas áreas sin quedar en incumplimiento de las reglas fiscales. Notas de InfoLeg indican que esta excepción fue prorrogada año a año por las leyes de presupuesto posteriores (Leyes 26.728, 26.784, 26.895, 27.008 y 27.198, hasta 2016).