Artículo 83Fondos para entidades sin fines de lucro
Texto oficial
El Jefe de Gabinete de
Ministros, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 37 — Administración Financiera, asignará al Programa 17 de la 01, la suma
de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000.000) para el cumplimiento de programas
destinados a personas de existencia ideal con personería jurídica y sin
fines de lucro, mediante asignaciones de préstamos no reintegrables y/o
con financiamiento compartido.
Qué significa en la práctica
El Jefe de Gabinete asignará $7.000.000 al Programa 17 de la 01 para programas destinados a personas jurídicas sin fines de lucro, mediante préstamos no reintegrables o financiamiento compartido.