Ley 26.588

Artículo 1Interés nacional de la enfermedad celíaca

Texto oficial

— Declárase de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.

Qué significa en la práctica

Declara de interés nacional la atención médica, la investigación, la capacitación profesional, la difusión de la enfermedad celíaca y el acceso a alimentos libres de gluten.

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