Artículo 2Implementación por la Comisión Nacional de Monumentos
Texto oficial
La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley, de conformidad con lo establecido por la Ley de Monumentos Históricos.
Qué significa en la práctica
Encomienda a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura, instrumentar lo necesario para el cumplimiento de la ley, de conformidad con la Ley de Monumentos Históricos.