Ley 26.636

Artículo 2Implementación por la Comisión Nacional de Monumentos

Texto oficial

La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Encomienda a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura, instrumentar todo lo necesario para el cumplimiento de la ley.

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