Ley 26.664

Artículo 1Aprobación de la Enmienda al Convenio de Basilea

Texto oficial

Apruébase la ENMIENDA AL Convenio de Basilea (Desechos Peligrosos) SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACION, adoptada por la Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes que tuvo lugar en Ginebra —CONFEDERACION SUIZA— el 22 de septiembre de 1995, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Aprueba la Enmienda al Convenio de Basilea (Desechos Peligrosos) (Enmienda de Prohibición), adoptada por la Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes en Ginebra el 22 de septiembre de 1995. Incorpora un nuevo artículo 4 A y el Anexo VII, que prohíben a los países desarrollados (OCDE, Comunidad Europea y Liechtenstein) exportar desechos peligrosos hacia los demás países. Al aprobarla, el Congreso la incorpora al orden jurídico argentino.

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