Resumen ejecutivo
La Ley 14.772 (1958) declaró de nacional los servicios públicos de electricidad interconectados en numerosos partidos del Gran Buenos Aires, en la época de SEGBA. Con el tiempo se discutió hasta dónde llegaba geográficamente esa nacional frente a la provincial. Esta ley es interpretativa: fija que aquella declaración se refiere exclusivamente al territorio que a la fecha de sanción de la Ley 14.772 ocupaban las redes de distribución de las antecesoras de SEGBA S.A., más una expansión razonable. En los hechos delimita el reparto de competencias entre la Nación y las provincias sobre la regulación de esos servicios.Objetivo
Precisar el alcance geográfico de la nacional declarada por el Art. 1 — Ley 14.772 sobre los servicios de electricidad interconectados del Gran Buenos Aires.Problema que resuelve
Existía incertidumbre sobre hasta qué límite territorial se extendía la nacional de la Ley 14.772, lo que generaba conflictos de entre la Nación y las provincias respecto de la regulación de los servicios eléctricos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes