Ley 26.683

Artículo 1Renombra el Capítulo XIII del Título XI del Código Penal

Texto oficial

Sustitúyese la denominación del capítulo XIII, título XI del Código Penal de la Nación Argentina, el que pasará a denominarse de la siguiente manera: "Capítulo XIII. Encubrimiento".

Qué significa en la práctica

Sustituye la denominación del capítulo XIII del título XI del Código Penal de la Nación Argentina, que pasa a llamarse simplemente Encubrimiento. Es un ajuste sistemático: el lavado de activos deja de estar tratado dentro del encubrimiento para pasar a un título propio (Título XIII).

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