Ley 26.691

Artículo 5Funciones de la autoridad de aplicación

Texto oficial

La tendrá las siguientes funciones: a) Instar a los organismos competentes a implementar las medidas necesarias a los fines de facilitar la investigación judicial de las graves violaciones a los derechos humanos que acontecieron en los Sitios referidos en el artículo 3º; b) Cooperar con las áreas específicas de los niveles nacional, provincial y municipal, en la creación de entes con autonomía funcional y autarquía financiera que tengan la misión de garantizar la preservación de los lugares que funcionaron como Sitios y el recupero y la transmisión de la memoria de los hechos ocurridos durante el terrorismo de Estado; c) Transmitir la memoria histórica de los hechos ocurridos durante el terrorismo de Estado y especialmente las violaciones a los derechos humanos cometidas en los Sitios; d) Coordinar con organismos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, competentes en el área de promoción y defensa de derechos humanos, programas, actividades y acciones comprendidas en el espíritu de la presente ley; e) Confeccionar y mantener actualizada la nómina de Sitios, incorporando todos aquellos inmuebles que respondan a las características enunciadas en el artículo 1º; f) Publicar la nómina de inmuebles identificados hasta la fecha, informando a todas las provincias y municipios y a la ciudadanía en general, el alto valor que tiene para nuestro país preservar la memoria de las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el terrorismo de Estado; g) Solicitar a los entes nacionales en cuya revistan los inmuebles enunciados en el artículo 3º, la cesión provisoria de espacios adecuados para el desarrollo de las actividades de difusión, promoción, preservación e investigación; h) Solicitar a los entes nacionales en cuya revistan los inmuebles enunciados en el artículo 3º, que se declaren total o parcialmente innecesarios para su gestión específica y sean afectados a la órbita de la , cuando las circunstancias lo ameriten.

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones de la Secretaría de Derechos Humanos: instar la investigación judicial de las violaciones a los derechos humanos; cooperar en la creación de entes con autonomía y autarquía para gestionar los sitios; transmitir la memoria histórica; coordinar con provincias, municipios y la CABA; confeccionar y actualizar la nómina de Sitios; publicar esa nómina; y solicitar a los organismos que ocupan los inmuebles la cesión o afectación de espacios.

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