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Ley 26.697

VigenteNacional

Zona de desastre y emergencia por la erupción del volcán Puyehue-Cordón Caulle (Río Negro y Neuquén)

Sanción:3 de agosto de 2011BO:19 de agosto de 2011Ver fuente oficial
9artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

En junio de 2011 la erupción del Complejo Volcánico Puyehue-Cordón Caulle, en Chile, cubrió de cenizas amplias zonas de la Patagonia argentina y golpeó especialmente al turismo y al comercio de Río Negro y Neuquén. Esta ley declara zona de desastre y emergencia económica, social y productiva, por 180 días prorrogables, a los departamentos Bariloche, Pilcaniyeu, Ñorquinco y 25 de Mayo (Río Negro) y Los Lagos, Lácar, Huiliches y Collón Curá (Neuquén). Manda al Poder Ejecutivo destinar una partida especial y lo faculta a dar asistencia financiera (esperas, refinanciaciones y créditos con tasa bonificada), prórrogas y exenciones impositivas, suspensión de ejecuciones fiscales y exención de derechos de importación. Alcanza a los sectores no comprendidos en la Ley de Emergencia Agropecuaria de emergencia agropecuaria, en particular turismo y comercio. La declaración de emergencia fue temporal (2011); la ley no fue derogada.

Objetivo

Atender la emergencia provocada por la caída de cenizas del volcán Puyehue en Río Negro y Neuquén, con medidas de alivio financiero, crediticio e impositivo para los sectores no agropecuarios afectados.

Problema que resuelve

La caída de cenizas volcánicas paralizó la actividad económica —sobre todo turismo y comercio— en varios departamentos de Río Negro y Neuquén, sin que el régimen de emergencia agropecuaria (Ley de Emergencia Agropecuaria) cubriera a esos sectores.

A quiénes alcanza

comercios y prestadores turísticos afectadoscontribuyentes de los departamentos alcanzadosproductores no agropecuariosPoder Ejecutivo nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo nacional debe destinar una partida especial para las acciones de asistencia y reconstrucción de las economías afectadas (art. 2).

Derechos que reconoce

  • Las actividades económicas de los departamentos alcanzados pueden acceder a esperas y refinanciaciones, créditos con tasa bonificada (25% o 50% según sea zona de emergencia o de desastre), prórrogas y exenciones impositivas y suspensión de ejecuciones fiscales durante la emergencia (arts. 4 a 6).

Casos de uso

  • Un prestador turístico de Bariloche afectado por las cenizas obtiene una espera bancaria y una prórroga del pago de impuestos durante la emergencia.
  • Un comercio de San Martín de los Andes accede a un crédito con tasa bonificada para sostener su actividad y su personal.

Preguntas frecuentes

Los departamentos Bariloche, Pilcaniyeu, Ñorquinco y 25 de Mayo (Río Negro) y Los Lagos, Lácar, Huiliches y Collón Curá (Neuquén), afectados por la erupción del Complejo Volcánico Puyehue-Cordón Caulle.