Artículo 1Aprobación del acuerdo de intercambio de pasantes con Brasil
Texto oficial
Apruébase el
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL RELATIVO AL INTERCAMBIO DE PASANTES,
suscripto en Buenos Aires el 14 de agosto de 2001, que consta de SEIS
(6) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente
ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el acuerdo entre la Argentina y Brasil relativo al intercambio de pasantes, suscripto en Buenos Aires el 14 de agosto de 2001, que consta de 6 artículos incorporados a la ley. El acuerdo habilita a nacionales de cada país a realizar pasantías de formación y experiencia profesional en el otro, con reglas comunes sobre condiciones, duración y documentación.