Ley 26.727

Artículo 103Reconocimiento de antigüedad

Texto oficial

Antigüedad. Reconocimiento . La antigüedad que tuvieren los trabajadores agrarios al tiempo de la promulgación de esta ley se les computará a todos sus efectos.

Qué significa en la práctica

Reconoce la antigüedad que tuvieran los trabajadores agrarios al tiempo de entrar en vigencia la ley.

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