Ley 26.727

Artículo 26Deberes específicos del empleador

Texto oficial

Empleador . Deberes específicos . El empleador deberá instrumentar las acciones necesarias a fin de que la vivienda del trabajador se mantenga libre de malezas a su alrededor y se encuentren controladas las fuentes de riesgos eléctricos y de incendios, así como la posibilidad de derrumbes.

Qué significa en la práctica

El empleador debe instrumentar las acciones necesarias para garantizar la higiene y seguridad de la vivienda.

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