Ley 26.728

Artículo 17Deudas de Yacyretá

Texto oficial

El Estado nacional atenderá, mediante aplicaciones financieras, las obligaciones emergentes de las diferencias que se produzcan entre la tarifa reconocida a la Entidad Binacional Yacyretá por el numeral 1 y 2 de la nota reversal del 9 de enero de 1992 Tarifa y Financiamiento Proyecto Yacyretá, del Tratado Yacyretá signado con la República del Paraguay, y el valor neto que cobra en el Mercado Spot liquidado, por la comercialización en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), conforme la normativa vigente. Las deudas mencionadas en el párrafo anterior, serán incluidas en el Art. 2 — Ley 25.152.

Qué significa en la práctica

El Estado nacional atiende, mediante aplicaciones financieras, las diferencias entre la tarifa reconocida a la Entidad Binacional Yacyretá por el Tratado con Paraguay y el valor que cobra en el mercado spot por la energía comercializada.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Presupuesto 2012 completaLeyes