Los remanentes de recursos originados en la prestación de
servicios adicionales, cualquiera sea su modalidad, cumplimentados por
la Policía Federal Argentina, en virtud de la autorización dispuesta
por el Decreto Ley 13.473 de fecha 25 de octubre de 1957 y su
reglamentación dispuesta por el decreto 13.474 de fecha 25 de octubre
de 1957, convalidados por la Ley 14.467 y sus modificatorias, podrán
ser incorporados a los recursos del ejercicio siguiente originados en
el Servicio de Policía Adicional del Servicio Administrativo Financiero
326 - Policía Federal Argentina, para el financiamiento del pago de
todos los gastos emergentes de la cobertura del servicio.
Qué significa en la práctica
Permite incorporar a los recursos del ejercicio siguiente los remanentes originados en el servicio de policía adicional de la Policía Federal Argentina, para financiar los gastos de cobertura de ese servicio.