Artículo 71Fondos para funcionamiento del Poder Legislativo
Texto oficial
El jefe de Gabinete de Ministros, en uso de las atribuciones
conferidas por el Art. 37 — Administración Financiera asignará a la
01, con destino al Programa 16, la suma de pesos quince
millones ($ 15.000.000) y al Programa 17, la suma de pesos cuarenta
millones ($ 40.000.000) para atender gastos de funcionamiento.
Qué significa en la práctica
El Jefe de Gabinete asigna 15.000.000 de pesos al Programa 16 y 40.000.000 al Programa 17 para atender gastos de funcionamiento, en uso del Art. 37 — Administración Financiera.