Ley 26.731

Artículo 1Importes de las deducciones personales aplicables al período fiscal 2010

Texto oficial

Considéranse aplicables, para el período fiscal 2010, los importes previstos en el Art. 23 — Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que a continuación se detallan: a) Diez mil ochocientos pesos ($ 10.800). b) Diez mil ochocientos pesos ($ 10.800). Punto 1) del inciso b) doce mil pesos ($ 12.000). Punto 2) del inciso b) seis mil pesos ($ 6.000). Punto 3) del inciso b) cuatro mil quinientos pesos ($ 4.500). c) Diez mil ochocientos pesos ($ 10.800).

Qué significa en la práctica

Convalida por ley los importes del Art. 23 — Ley de Impuesto a las Ganancias aplicables al período fiscal 2010, que ya se habían aplicado en los hechos. Los montos son: inciso a) —ganancia no imponible— 10.800 pesos; inciso b) —cargas de familia— 10.800 pesos; punto 1 del inciso b) —cónyuge— 12.000 pesos; punto 2 del inciso b) —hijo— 6.000 pesos; punto 3 del inciso b) —otras cargas— 4.500 pesos; e inciso c) —deducción especial— 10.800 pesos. Es un artículo de cierre hacia atrás: le da respaldo legislativo a lo que rigió en 2010.

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