Ley 26.733

Artículo 3Uso de informacion privilegiada / insider trading (art. 306 CP)

Texto oficial

Incorpórese como Art. 306 — Código Penal de la Nación Argentina de la Nación, el siguiente: Artículo 306: Será reprimido con prisión de uno (1) a cuatro (4) años, multa equivalente al monto de la operación, e inhabilitación especial de hasta cinco (5) años, el director, miembro de órgano de fiscalización, accionista, representante de accionista y todo el que por su trabajo, profesión o función dentro de una sociedad emisora, por sí o por persona interpuesta, suministrare o utilizare información privilegiada a la que hubiera tenido acceso en ocasión de su actividad, para la negociación, cotización, compra, venta o liquidación de valores negociables.

Qué significa en la práctica

Incorpora el articulo 306 al Codigo Penal. Castiga con prision de 1 a 4 anos, multa e inhabilitacion al director, sindico, accionista, representante o cualquier persona que, por su trabajo o funcion en una sociedad emisora, use o suministre informacion privilegiada a la que tuvo acceso, para negociar, comprar, vender o liquidar valores. Es la figura del abuso de informacion privilegiada (insider trading).

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