Artículo 1Ratificación de la transferencia del subte y el premetro a la Ciudad
Texto oficial
Ratifícase la
transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los Servicios de
Transporte Subterráneo y Premetro dispuesta en el marco de las Leyes
Nros. 23.696y 24.588 y sus modificatorias y de los Decretos Nros. 2608
del 22 de diciembre de 1993, 1527 del 29 de agosto de 1994 y 393 del 21
de abril de 1999, que fuera aceptada por el Gobierno de la Ciudad
mediante la Ley 373 sancionada el 11 de mayo de 2000 y ratificada a
través del Acta Acuerdo celebrada el 3 de enero de 2012 entre el Estado
nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Qué significa en la práctica
El Congreso nacional ratifica la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los servicios de transporte subterráneo (subte) y premetro. Esa transferencia ya venía dispuesta en el marco de la Ley de Reforma del Estado (Reforma del Estado) y la Ley Cafiero, y de los decretos 2608/1993, 1527/1994 y 393/1999; fue aceptada por la Ciudad mediante su Ley 373 (mayo de 2000) y ratificada por el Acta Acuerdo del 3 de enero de 2012 entre el Estado nacional y la Ciudad. Con esta ley el Congreso le da respaldo legislativo definitivo al traspaso.