Ley 26.757

Artículo 1Catamarca, Capital Nacional del Poncho

Texto oficial

Declárase Capital Nacional del Poncho a la provincia de Catamarca.

Qué significa en la práctica

Declara a la provincia de Catamarca como Capital Nacional del Poncho, en reconocimiento a su tradición textil artesanal —el poncho catamarqueño de vicuña y llama— y a la Fiesta Nacional e Internacional del Poncho que se celebra cada año en su capital. Es una distinción simbólica y promocional: no asigna fondos ni impone obligaciones.

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