Artículo 1Garantía de participación de las familias en la escuela
Texto oficial
El Estado
nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
garantizan —conforme la Ley de Educación Nacional 26.206— la
participación de las familias y de la comunidad educativa en las
instituciones escolares en general y, en particular, a través de las
cooperadoras escolares, como ámbito de participación de las familias en
el proyecto educativo institucional, a fin de colaborar en el proceso
educativo de los alumnos y alumnas.
Qué significa en la práctica
El Estado nacional, las provincias y la Ciudad, conforme la Ley de Educación Nacional 26.206, garantizan la participación de las familias y de la comunidad educativa en las escuelas, en particular a través de las cooperadoras escolares, como ámbito para colaborar en el proyecto educativo y en el proceso de aprendizaje de los alumnos.