Artículo 1Aprobación del Acuerdo de cooperación nuclear con Jordania
Texto oficial
Apruébase el
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DEL
REINO HACHEMITA DE JORDANIA SOBRE COOPERACION EN LOS USOS PACIFICOS DE
LA ENERGIA NUCLEAR, celebrado en Nueva York —ESTADOS UNIDOS DE AMERICA—
el 22 de septiembre de 2009, que consta de quince (15) artículos, cuya
fotocopia autenticada en idiomas español e inglés forma parte de la
presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el Acuerdo entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Hachemita de Jordania sobre cooperación en los usos pacíficos de la energía nuclear, celebrado en Nueva York (Estados Unidos) el 22 de septiembre de 2009. Consta de 15 artículos, cuya fotocopia autenticada en español e inglés integra la ley. Fija el marco bilateral de cooperación en aplicaciones pacíficas de la energía nuclear (investigación, salud, industria, formación, seguridad radiológica) bajo el régimen de no proliferación y salvaguardias internacionales. Con la aprobación del Congreso, el Poder Ejecutivo queda habilitado a ratificarlo.