Ley 26.785

Artículo 3Las causas en tramite siguen en Posadas y Eldorado (art. 5 Ley 26.212)

Texto oficial

Modifíquese el Art. 5 — Ley 26.212, que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 5º: Establézcase que las causas actualmente en trámite ante los juzgados federales de Posadas y Eldorado continuarán radicadas en dichos tribunales hasta sus conclusiones definitivas.”

Qué significa en la práctica

Modifica el articulo 5 de la Ley 26.212. Establece que las causas que ya estan en tramite ante los juzgados federales de Posadas y Eldorado continuan radicadas en esos tribunales hasta su conclusion definitiva, para no interrumpir procesos en curso al ponerse en funciones el nuevo juzgado.

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