Ley 26.786

Artículo 3Competencia territorial

Texto oficial

El juzgado que se crea por la presente, tendrá territorial en el partido de Pehuajó, Carlos Tejedor, Daireaux, Guaminí, General Villegas, Salliqueló, Pellegrini, Trenque Lauquen, Adolfo Alsina, Rivadavia, Carlos Casares, Tres Lomas, Hipólito Yrigoyen y Bolívar.

Qué significa en la práctica

El juzgado tiene sobre los partidos de Pehuajó, Carlos Tejedor, Daireaux, Guaminí, General Villegas, Salliqueló, Pellegrini, Trenque Lauquen, Adolfo Alsina, Rivadavia, Carlos Casares, Tres Lomas, Hipólito Yrigoyen y Bolívar.

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