Artículo 3Plazo de 10 años y reversión al Estado nacional
Texto oficial
Establécese un
plazo de diez (10) años para el cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo anterior, vencido el cual sin que mediara observancia, el
del inmueble objeto de la presente revertirá a favor del Estado
nacional.
Qué significa en la práctica
Fija un plazo de diez años para cumplir lo dispuesto en el artículo anterior; vencido sin que se observe el destino, el del inmueble revierte a favor del Estado nacional.