Ley 26.831

Artículo 17Equiparación de los directores

Texto oficial

Directores. Los miembros del directorio de la Comisión Nacional de Valores estarán equiparados en cuanto a régimen salarial, rango e incompatibilidades a los subsecretarios del Poder Ejecutivo nacional. No podrán desempeñar otra actividad remunerada, salvo la docencia y comisiones de estudio. Concluido su , no podrán prestar servicios ni ocupar cargos directivos en entidades que hayan estado sujetas al contralor de la Comisión Nacional de Valores, sus controladas, controlantes, vinculadas o bajo control común de un mismo grupo económico, durante el plazo de dos (2) años.

Qué significa en la práctica

Los miembros del directorio están equiparados a los funcionarios de mayor jerarquía.

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