Ley 26.831

Artículo 8Integración del directorio

Texto oficial

Integración. La Comisión Nacional de Valores estará a cargo de un directorio integrado por cinco (5) vocales designados por el Poder Ejecutivo nacional, entre personas de reconocida idoneidad y experiencia profesional en la materia. El Poder Ejecutivo nacional designa al presidente y vicepresidente del directorio.

Qué significa en la práctica

La Comisión Nacional de Valores está a cargo de un directorio de cinco vocales.

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