Artículo 8Conformación del Consejo de Administración
Texto oficial
Conformación del Consejo de Administración.
El Consejo de Administración será presidido por la y estará conformado por un representante de la Secretaría de
Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, un representante del Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación Productiva, un representante del Consejo Nacional de
Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), un representante de
la Administración de , organismo descentralizado en
la órbita del Ministerio de Turismo, un representante del Ministerio de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, un representante del
Ministerio de Defensa, un representante del Ministerio de Seguridad y
un representante de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida, e
Islas del Atlántico Sur, en caso que esta aceptare la invitación a
integrar el Consejo, de acuerdo al artículo 15 de la presente.
El Consejo dictará su reglamento interno de funcionamiento y será asistido por una Secretaría Técnica.
Qué significa en la práctica
El Consejo es presidido por la y se integra con representantes de la Secretaría de Ambiente, la Cancillería, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el CONICET, la Administración de , los Ministerios de Agricultura, Defensa y Seguridad, y un representante de la provincia de Tierra del Fuego (si acepta la invitación). Dicta su reglamento interno y es asistido por una Secretaría Técnica.