Artículo 2Día de descanso para empleados públicos nacionales
Texto oficial
Establécese el 27
de junio como día de descanso para los empleados de la administración
pública nacional, en los que no se prestarán tareas, asimilándose el
mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
Qué significa en la práctica
Establece el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la administración pública nacional: no se prestan tareas y la jornada se asimila a los feriados nacionales a todos los efectos legales (descanso pago; recargo si se trabaja). Es un derecho concreto para el personal estatal nacional.