Artículo 13Criterios de distribución de los fondos
Texto oficial
El monto de los
fondos estatales previstos en el presupuesto nacional para la
implementación del Programa Nacional para la Prevención de la
Enfermedad HLB de los Citrus, se distribuirá de acuerdo con los
siguientes criterios orientativos:
a) La distribución de los gastos de lucha contra plagas citrícolas recurrentes en anteriores ejercicios;
b) Los datos de ataques tempranos de plagas citrícolas en ejercicios
anteriores, dando prioridad a la adopción de medidas en aquellas zonas
más vulnerables;
c) Las medidas que las provincias afectadas prevean adoptar en el
ejercicio correspondiente y la situación prevista que pueda influir en
el origen y progresión de la plaga.
Qué significa en la práctica
Los fondos estatales previstos en el presupuesto para el Programa se distribuyen según criterios orientativos: la distribución histórica de los gastos de lucha contra plagas citrícolas, los datos de ataques tempranos en ejercicios anteriores (priorizando las zonas más vulnerables) y las medidas que las provincias afectadas prevean adoptar.