Ley 26.888

Artículo 5Actividades del Programa

Texto oficial

Las actividades del Programa Nacional de Prevención del HLB se referirán a: 1. Aumento del control y otras acciones de prevención en pasos fronterizos, terminales portuarias y aeropuertos. 2. Implementación de campañas de prensa y difusión de alcance nacional y regional a fin de brindar a la población en general y al sector citrícola en particular los conocimientos necesarios referentes a las previsiones básicas a tomar por parte de los actores involucrados y sensibilizar sobre la gravedad potencial de la problemática. 3. Capacitar al personal de las instituciones oficiales y privadas en sistemas de detección y diagnóstico de la enfermedad a campo y en laboratorio. 4. Controlar la producción y comercialización de especies vegetales susceptibles al HLB y del vector Diaphorina citri (psílido). 5. Exigir la utilización de viveros bajo cubierta antiafido y la comercialización de plantas cítricas certificadas acorde a lo establecido por la Resolución SAGPyA 149/98 y aquellas otras que la reemplace o modifique.

Qué significa en la práctica

Enumera las actividades del Programa: aumentar el control y la prevención en pasos fronterizos, puertos y aeropuertos; campañas de prensa y difusión nacional y regional; capacitar al personal en detección y diagnóstico a campo y en laboratorio; controlar la producción y comercialización de especies susceptibles y del vector; y exigir viveros bajo cubierta antiáfido y la comercialización de plantas cítricas certificadas (Resolución SAGPyA 149/98 y sus reemplazos).

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