Artículo 1Aprobación del Acuerdo constitutivo de la Academia Internacional contra la Corrupción (IACA)
Texto oficial
Apruébase el
ACUERDO PARA LA CONSTITUCION DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA
CORRUPCION COMO ORGANIZACION INTERNACIONAL, adoptado en Viena
—REPUBLICA DE AUSTRIA— el 2 de setiembre de 2010, que consta de
VEINTIUN (21) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la
presente ley.
Qué significa en la práctica
Aprueba el Acuerdo para la Constitución de la Academia Internacional contra la Corrupción como Organización Internacional, adoptado en Viena el 2 de septiembre de 2010, que consta de veintiún artículos. Con la aprobación del Congreso, Argentina queda habilitada a obligarse internacionalmente por el acuerdo, que crea la IACA —organización internacional con sede en Laxenburg, Austria, dedicada a la capacitación, la formación y la investigación para prevenir y combatir la corrupción— y establece las condiciones de la membresía de los Estados que la integran. El texto se incorpora como anexo autenticado de la ley.